Día Nacional de las Personas Sordas

Publicado el 27 Noviembre 2020

La Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad define a la discapacidad sensorial como “la deficiencia estructural o funcional de los órganos de la visión, audición, tacto olfato y gusto, así como de las estructuras y funciones asociadas a cada una de ellos, y que al interactuar con las barreras que le impone el entorno social, pueda impedir su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones”.

Según datos del Censo de Población y Vivienda 2010, 12.1 por ciento de las 5 millones 739 mil personas con algún tipo de discapacidad, tenían una limitación para escuchar aun con el uso de un aparato auditivo; esto coloca a las limitaciones de escucha como la tercera causa de discapacidad en el país.

Desde el modelo médico, se considera a la sordera solo como una deficiencia en la audición, y el enfoque es en la rehabilitación mediante auxiliares tecnológicos, intervenciones quirúrgicas (implante coclear), oralización, entre otras, para resolver las barreras que enfrentan las personas sordas.

Sin embargo, las personas Sordas desarrollan costumbres y valores propios, y así se han consolidado como una comunidad y fomentado su propia cultura.

Desde el COPRED reconocemos que para garantizar el ejercicio pleno de derechos de todas las personas sordas, es importante reconocer que son un grupo heterogéneo y una minoría lingüística hablante de Lengua de Señas Mexicana (LSM).

El Primer Encuentro de Personas Sordas, de la mano del Instituto de las Personas con Discapacidad de la Ciudad de México (INDISCAPACIDAD), visibilizó que la principal barrera a la que se enfrentan las personas sordas es la comunicacional, y está vinculada con otras barreras actitudinales por parte de las personas oyentes, la falta de reconocimiento de la Lengua de Señas Mexicana (LSM), el acceso a la interpretación de calidad, la asignación de presupuesto para la interpretación de LSM, así como la armonización normativa y de investigación en la materia.

De igual forma, las personas sordas que asistieron a dicho encuentro señalaron que persiste un modelo médico de la discapacidad y diversos prejuicios hacia ellas.

A su vez, durante la pandemia por COVID-19, las personas con discapacidad han tenido que enfrentar diversos obstáculos en un contexto de desventaja histórica que se ha perpetuado mediante la reproducción de diversos mitos. Así se ha recogido en el Informe sobre Impactos Diferenciados de la Pandemia en Grupos de Atención Prioritaria que ha publicado este Consejo.

En este caso, se violentó el derecho a la información, a la participación y a la salud de la comunidad sorda, quien a través de la Coalición de Personas Sordas de la Ciudad de México (CoPeSor) tuvo que interponer un amparo por ante un juez federal en juzgados de distrito en materia administrativa en la Ciudad de México para que en las conferencias informativas diarias sobre Covid-19 se incluyera la interpretación en LSM.

Sin embargo, aun con dicho amparo, mucha información gubernamental sigue sin contar con interpretación a LSM. Por ello, el COPRED exhorta a todas las instituciones públicas y privadas a destinar presupuesto a servicios de interpretación en LSM de calidad, en particular aquellos que proporcionan atención al público o en la impartición de justicia. La interpretación en LSM garantiza el acceso a derechos de las personas sordas y por ello es un ajuste obligatorio para promover la inclusión e igualdad.

Por lo anterior, es fundamental generar espacios de participación efectiva y de consulta para las personas sordas; adoptar medidas de accesibilidad a la información y comunicación, así como establecer procesos de sensibilización sobre la Cultura Sorda, promover la cultura de la denuncia y generar una bolsa de trabajo para este grupo.

Es fundamental que el principio de igualdad y no discriminación sea el eje rector de las políticas públicas, para proteger la diversidad y evitar que ésta sea motivo de distinción en el acceso pleno a las libertades fundamentales y a todos los derechos.